martes, 9 de agosto de 2016

CORREDORES URBANOS PARA LA RECREACIÓN Y LA CULTURA


Corredores culturales y recreativos, como ciertos espacios o territorios simbólica e históricamente significativos para la ciudad, constituyen un bien intencionado concepto y estrategia urbana que el entonces alcalde Petro ensayó implantar en el Distrito de Bogotá durante la pasada administración capitalina.   
Mediante la revitalización, apropiación y promoción de determinados espacios encadenados a lo largo y ancho del entramado urbano, su propósito es garantizar un ejercicio democrático y goce efectivo de las libertades culturales y deportivas, y del derecho a la ciudad.
La estrategia de Corredores debería ser liderada por activistas culturales en articulación con los sectores público y privado y las comunidades que habitan los territorios implicados. Y apunta a  dinamizar los espacios que por su importancia y significado hacen parte de la memoria colectiva de la ciudad. 
Los corredores están integrados por las prácticas cotidianas e interculturales que desarrollan los ciudadanos según las particularidades de cada territorio, igual que por los escenarios públicos y privados de cada sector urbano. En este punto –y ante la idea de que el Distrito de Barranquilla y los municipios de su área metropolitana pudieran implantar estrategias similares a “Corredores Culturales” –vale la pena avanzar alguna ilustración sobre las relaciones del espacio público con recreación, deporte, identidad y cultura.



Importancia del Espacio Público

Mal que bien, toda ciudad funciona porque su tramado urbano permite el desplazamiento de personas, objetos y vehículos. Esa trama urbana, en su sentido más amplio, está representada en lo que llamamos “espacio público”.
Se le ha definido como una red de espacios de libre acceso y que constituye el soporte de la trama urbana de las ciudades en tanto sirven al tránsito, al encuentro y a la recreación de los ciudadanos, y por ello alberga el desarrollo de la vida cotidiana en las urbes.
El espacio público detenta esa condición en la medida en que sirve a la ciudad y a la ciudadanía, pues es  un bien de uso colectivo destinado a satisfacer necesidades igualmente colectivas. Y la académica de la Universidad del Rosario Laura Milena Hernández dice que “en él tiene lugar la vida pública y por tanto constituye el génesis de la cultura urbana: allí es donde se realizan los encuentros sociales y se manifiesta el sentido de cultura y convivencia ciudadana”.
Por ello, “su importancia trasciende lo funcional y se le comprende como un elemento garante de la calidad de la vida urbana que, además de satisfacer necesidades colectivas, califica al individuo para la vida en sociedad”. 
Así, cada forma del espacio público tiene una función particular para la ciudad: las calles sirven a la movilidad urbana, las plazas al encuentro social y los parques a la recreación colectiva. Pero no son usos excluyentes: un parque dotado para recrear, por ejemplo, podría brindar usos asociados a la movilidad y al encuentro.
“Es precisamente la confluencia de múltiples formas de uso y apropiación del espacio” –concluye la académica en su ensayo –“lo que le confiere un sentido de identidad y le permite proyectar su valor social, es decir, su posicionamiento como un escenario de convivencia ciudadana”.
Los estudiosos han determinado una relación de doble vía en la construcción de identidades de los lugares y de las personas. La psicología ambiental nos dice que “no solo el ambiente influye en la persona o la persona en el ambiente, sino que hay una reciprocidad simultánea de influencias que van del ambiente a la persona y viceversa”.
De todo lo anterior se deriva, entonces, la importancia del espacio público en la formación de valores ciudadanos. Ese valor educador que ostenta el espacio público se fundamenta en que contiene escenarios con elementos físicos que contribuyen a moldear las conductas del individuo con el fin de permitir la vida en sociedad.


El derecho a la calidad de vida

En cuanto al específico binomio “Recreación y espacio público”, entresacamos del ensayo de la académica Laura Milena Hernández estos otros aportes:
La recreación es una de las principales funciones a las que debe servir el espacio público, ya que provee los principales escenarios físicos para el ejercicio de las actividades recreativas en la ciudad. Recreación comprende el conjunto de actividades que "proporcionan gratificación, esparcimiento y diversión a las personas", mediante prácticas de índole cultural, deportiva o de descanso y contemplación.
Las actividades recreativas pueden ser de tipo libres o dirigidas y son necesarias para el individuo, puesto que "hacen parte esencial del desarrollo de las potencialidades del ser humano y del mejoramiento de la calidad de vida individual y social". En tal sentido, “se constituyen en garantías para un desarrollo pleno de la persona con beneficios a nivel cognitivo, afectivo, y psicomotor”.
La recreación activa de alto rendimiento es practicada regularmente, requiere disciplina y persigue fines netamente competitivos; la de carácter lúdico se realiza en el tiempo libre y tiene fines de esparcimiento. Ambas actividades demandan escenarios y dotaciones especializadas que permitan el deporte, el juego y el entretenimiento.
Ocio y recreación son necesidades inherentes a la condición humana. La Declaración Universal de los Derechos Humanos consagró el derecho de toda persona al descanso y disfrute del tiempo libre; y ello vinculado a los derechos económicos, sociales y culturales de segunda generación, los cuales buscan "garantizar condiciones de vida digna".
La Constitución Política de 1991 reconoció la recreación, el deporte y el aprovechamiento del tiempo libre como derechos de todas las personas a las que les corresponde gasto público de carácter social. Bajo este marco, para la satisfacción de las necesidades recreativas el espacio público debe proveer los principales escenarios para su desarrollo. 

fin